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Vuelve la alarma sanitaria, de 21:30 a 06:30 horas

El Gobierno del Chaco define la reimplementación de la alarma sanitaria, y el despliegue de puestos de control en zonas críticas.

ActualidadLa Revista del ChacoLa Revista del Chaco

Personas circulando en la peatonal de la ciudad de Resistencia.

A través del Decreto Nº 1565/2020, el gobierno del Chaco determina la reimplementación de la alarma sanitaria, de 21: 30 a 06:30 horas.

Además, llevará adelante un programa de voluntariado para fortalecer los controles de bares, restaurantes, gimnasios y actividades que puedan ser foos de contagio.

El gobierno provincial dispuso una serie de medidas complementarias en el marco del Plan desescalada, con el objetivo de mitigar el aumento de casos positivos de Covid-19 en el área Metropolitana del Gran Resistencia observado en los últimos días. Mediante el decreto N° 1565/2020, firmado este martes por el gobernador Jorge Capitanich, se definió la reimplementación de la alarma sanitaria, de 21.30 a 6.30, y el despliegue de puestos de control policiales en 16 barrios y sectores críticos.

El objetivo es detectar posibles focos de contagio e intervenir rápidamente en la contención de la propagación viral.

Medidas vigentes

Continúan vigente las medidas establecidas en el decreto 1520/2020 que habilita la práctica de fútbol, básquet, vóley, rugby, handball y hockey en clubes o complejos, con la utilización del 30 por ciento de las superficies disponibles por turnos o clases, según cada espacio posea la entidad.

El decreto también habilitó a Lotería Chaqueña a autorizar en forma progresiva la apertura de casinos y salas de juegos, de 8 a 22 de lunes a miércoles, y de 8 a 2 de la madrugada de jueves a domingos con turnos de tres horas. Las medidas de seguridad sanitaria incluirán la incorporación de extractores o filtros de aire en las salas, debiendo incorporarse intervalos de treinta minutos entre los turnos para garantizar la ventilación y la desinfección de los sectores.

Para todas las actividades se deben contar con los permisos de circulación y los turnos que se obtienen de la plataforma gobiernodigital.chaco.gob.ar.

Plan desescalada

Continúa la suspensión de clases presenciales en todos los niveles exceptuando a quienes se encuentren comprendidos en el plan “Vuelta a la escuela” dispuesto por decreto 1400/2020 en las localidades donde no hay casos de COVID-19.

Además, continúan prohibidos los eventos que impliquen aglomeración de personas. Se mantienen los controles para el ingreso y egreso de las localidades críticas, así como el control del transporte interjurisdiccional entre las mismas.

En cuanto al transporte público, continúan los servicios urbanos, interurbanos, servicios puerta a puerta, minibuses y ferroviario interurbano. Se habilita el transporte de media y larga distancia conforme el cronograma y protocolos. La actividad aeroportuaria y los vuelos comerciales, funciona también de acuerdo a los protocolos y medidas.

Estarán permitidas las salidas recreativas, de 8 a 22, para personas mayores de 60 años que no integren grupos de riesgo. Para ello los municipios deberán habilitar espacios para el desarrollo de estas actividades, discriminando grupos etarios o sectores evitando la aglomeración de personas y el uso inadecuado de los espacios.

Continúan habilitadas las actividades físicas y deportivas, individuales y grupales en espacios al aire libre, y están permitidos los espacios cubiertos que cuenten con adecuada ventilación, de manera diaria y hasta las 20.

Los gimnasios y centros terapéuticos, como así también los centros de día para adultos mayores mantendrán las habilitaciones establecidas con los horarios y modalidades de acuerdo a los protocolos, al igual que los natatorios con fines terapéuticos o de entrenamiento bajo prescripción médica.

Las iglesias, cultos y salones de ejercicio espiritual mantendrán las restricciones de uso reducido de salones, no pudiendo exceder el 60% de la capacidad de la superficie total. No obstante, se recomienda la realización de actividades al aire libre. Los servicios fúnebres seguirán permitiéndose por un período máximo de cuatro horas con capacidad de ocupación del 50% de los espacios y los protocolos de bioseguridad.

En cuanto a las actividades vinculadas al turismo, el decreto habilita la apertura de agencias de turismo para la venta y reservas, como así también, la apertura de establecimientos rurales o de turismo rural y actividades en general, con la asignación de turnos previa y sin restricción de días y horarios.

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