Inscriben para el taller de Lengua de Señas en el Poder Legislativo
Se encuentra abierta la inscripción al "Taller Básico de Lengua de Señas Argentina 2024 Las manos como canal de comunicación", de carácter público y gratuito.
Abogados y abogadas chaqueñas se manifiestan en contra de la colegiación obligatoria y arancelada para el ejercicio de la Abogacía, al presentarse en el Poder Legislativo del Chaco el proyecto de Ley Nº1289/21.
Actualidad La Revista del ChacoEn un documento expresan:
“Los abogados y abogadas chaqueños que defendemos la vigencia de la Ley 2275 B (ex Ley 7524) – sobre Regulación del Ejercicio Profesional de los Abogados y Procuradores, lo hacemos ante la afrenta que significa que se haya presentado ante la Cámara de Diputados de la provincia del Chaco, un Proyecto de Ley (Nº1289/21), sin consultarse a los profesionales del Derecho. Se presentó ese proyecto pese a que tenemos una legislación reciente, sancionada por mayoría de todos los bloques legislativos el 10 de diciembre de 2014, bajo el Título: LEY DE REGLAMENTACIÓN DEL EJERCICIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES EN LA PROVINCIA DEL CHACO, que es el resultado de meses de consultas y reuniones con los colegas que litigan en las seis Circunscripciones Judiciales de la Provincia. El sustento del libre ejercicio profesional está impuesto en nuestra Constitución Provincial, Art. 15, inc. 3 Constitución Provincial; además la misma Ley 2275 B en forma expresa, enfática e inalienable dice:“… La protección de la libertad y dignidad de la profesión de abogado, forma parte de las finalidades de esta ley, y ninguna de sus disposiciones podrá entenderse en un sentido que los menoscabe o restrinja…”. La ley actual garantiza no sólo el ejercicio del abogado, sin tener que pagar una matrícula o estar compulsivamente asociado a una institución que regule su actividad, también garantiza la libertad del trabajo abogadil, la libertad en la defensa de los intereses de los clientes, muchos de ellos personas vulnerables, niños, ancianos, jubilados, trabajadores, consumidores, que han visto afectados sus derechos. Si se deroga esta Ley 2275-B, y se la sustituye por el proyecto de colegiación, se afectará el acceso de esas personas a la justicia, se encarecerá el trámite procesal, afectará el trabajo de miles de abogados jóvenes que sólo trabajan de manera autónoma. Diputados ya tenemos una ley que nos rige. No queremos otra. No la pedimos. La ley 2275-B regula la actividad del abogado, protege al justiciable y garantiza la sustentabilidad del sistema democrático. Sin abogados no hay justicia. El Proyecto de Colegiación Compulsiva y Arancelada, avizora además, un nuevo intento de Recaudación – no sólo a costa del profesional, sino de toda la sociedad-; marginando del Libre Ejercicio a los Profesionales del Derecho. No existe ninguna razón que justifique la modificación del actual régimen que regula el ejercicio de la profesión de abogados en el Chaco, por cuanto el proyecto antes señalado no obedece sino a intereses ajenos a los profesionales que la ejercen por cuanto entendemos el mismo como un atropello inadmisible y violación a estructurales derechos constitucionales y convencionales como al libre ejercicio de la profesión y de asociación, entre otros, por cuanto desde ya anticipamos la inconstitucionalidad de la eventual norma que en caso de ser sancionada constituirá un acto ilícito y un abuso de poder con directa lesión a los abogados y la sociedad en su conjunto. Pretendemos, de este modo informar a la sociedad nuestro formal rechazo al proyecto, y solicitar a los Legisladores, en particular a los propios firmantes del Proyecto, el retiro del mismo, respetando el libre ejercicio profesional de abogados y procuradores, ya regulado por Ley 2275-B y respaldado por el principio Constitucional de Libre Asociación (Art.. 15, inc. 3, Constitución de la Provincia del Chaco).
A continuación transcribimos algunos de los abogados que firman:
1. Diego sebastián sánchez de la vega, mp 4316, Mario manuel peredo aguirre mp 5019. Ramírez araceli verónica mp 7616 , Lici gronda mp 1651, Mario daniel fernández mp 5388,6. Rodolfo manuel aguirre hayes mp 1373,Marcelo andrés gonzález mp 5567,María tilia chapo mp 1269,9. Matías ghiggeri mp 4472,10. Díaz colodrero maría lucía mp 1524,11. Britez alejandro manuel mp 6335,12. Liliana sandoval mp 2695,Miguel Ángel fernández mp 4813, Claudia valeria vallejos mp 6519,15.aguirre carlos dni 27.459.278,Judkevich nathia m. Mp 5871,José René Galassi mp 6361,18. Britos n. Liliam mp 2734,19.javier lombardini mp 5465,20. Jessica espíndola mp 9169,21. María luisa giménez acevedo mp 4990,22.rubén galassi mp 827,23. Cecilia rosa rivero mp 6778,24.patricia fernández longoni mp 2769,25. Juan alberto cardozo mp 5656,26. Barrios vanina araceli mp 9303,27. Evelin miño mp 5953,28. Magdalena inés gambera mp 5956,29. Marta kassor mp 2031,30.luis angel biolchi mp 1209,31. Edith ríos mp 9177,32.alexia mercedes oviedo mp 5169,33.viviana díaz mp 4088,34.botteri disoff carina mp 8106,35. Jorge a ferreira mp 5969,36.mónica morales mp 7331,37.enrique souhilé mp 250,38.patricia castelán mp 3403,39. Gabriela carina sclippa mp 3124,40.maría julia piedrabuena mp 4110,41.maría victoria gutiérrez mp 7087,42.duarte alba belkis mp 8495,43.maría laura varniackas theodoru mp 7022,44.augusto marcelo balastegui mp 4505,45. Griselda gómez marastoni mp 5872,46. Juan alberto sánchez mp 7195,47. Melchenuk rita juliana mp 3472,48.marcela fernanda vargas gómez mp 7427,49. Carlos emilio silva mp 3477,50. Mario ramón almeida mp 3436.silvia l. Dulce mp 6297, Claudia cristina cáceres mp 1955,53. Maria cecilia arroyo mp 6661,54.ligia amelia sosa mp 1952,55.cabaña gastón oscar mp 7106,Evelyn salvatore mp 8457,57.agostina victoria rolfi mp 8511, María laura robles rolón mp 7218,Silvia alejandra ledesma mp 8613,Cledia bertoli krrhacek mp 8766. Siguen 152 firmas más.
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