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La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) considera “Un gran acierto” la derogación de leyes sobre la litigiosidad laboral que habilita multas a empresas.
Actualidad- ArgentinaDesde hace tiempo la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) viene trabajando sobre la modernización en las relaciones laborales. Por este motivo, CAME considera “un gran logro que esta cuestión esté contemplada en el proyecto de ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.
“Es un gran acierto la derogación de las leyes y artículos de leyes que son responsables de la litigiosidad laboral en nuestro país. Esto generará un gran alivio para el sector pyme, ya que, ante un reclamo por sumas exorbitantes por la aplicación de multas, podría darse el cierre de una empresa”, expresa el presidente de la entidad, Alfredo González.
Cabe recordar que CAME se presentó como “amicus curiae” ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en apoyo al capítulo laboral inserto en el DNU 70/23, únicamente en lo relativo a la parte de derecho individual del trabajo. “Contratar empleados es clave para el crecimiento y genera beneficios en toda la sociedad. Pero es imperioso que, a la par de que se contemplen los derechos adquiridos del trabajador, se faciliten las contrataciones que promueven el incremento del empleo genuino”, destacó el secretario general de la entidad pyme, Ricardo Diab.
“Contratar a un empleado tiene que suponer un estímulo para una empresa y no un riesgo, como es hoy. Actualmente es muy difícil porque no tenemos equilibrio judicial, y el despido genera un problema para la empresa”, agregó González.
En este sentido, CAME considera que este proyecto de ley Bases debería contemplar las siguientes consideraciones:
En torno a la indemnización, se establece la posibilidad de generar un fondo de cese. Pero también dice que los empleadores “podrán optar por contratar un sistema privado a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista”. Esta alternativa sería de muy difícil implementación y podría atentar contra la viabilidad del fondo de cese y para la salud del sistema laboral es imperioso evitar la litigiosidad en todo aspecto.
Si el objetivo de la norma es generar más empleo registrado ¿no hay acaso una posible litigiosidad laboral por el “Principio de la Primacía de la Realidad” en el artículo que refiere a los trabajadores independientes con colaboradores? ¿no genera esa situación una competencia desigual entre empresas?, ¿no genera la figura descripta en ese artículo una relación de prestación de servicios más que de empleo registrado?
Las relaciones laborales son un aspecto central para el funcionamiento de las empresas argentinas, que en más del 70% son familiares, pequeñas y medianas, que vienen de décadas. Por eso es imperioso avanzar en la modernización de las relaciones laborales y esclarecer los puntos no resueltos para implementar lo antes posible esta reforma y potenciar un escenario en el empleo registrado que permita el crecimiento económico y el beneficio para toda la sociedad.
Sobre el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones
CAME considera que el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) −contemplado en el proyecto de ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos− es un instrumento que por los beneficios fiscales otorgados tiene el potencial de atraer inversiones de gran volumen a nuestro país. “El gran desafío que tiene este régimen por delante es que esas inversiones se constituyan en una palanca para el crecimiento económico sostenido y la creación de riqueza y desarrollo de la sociedad en su conjunto”, subrayó Diab.
Es indiscutible que sin inversión productiva no hay desarrollo económico sostenible y que en la actual coyuntura que atraviesa nuestro país las inversiones productivas de gran magnitud deben ser atraídas por incentivos fiscales. El RIGI es, a nuestro modo de ver, un potente sistema de atracción de inversiones productivas. Pero no se debe dejar de lado que todo incentivo hacia la inversión tiene como contrapartida una menor recaudación y un trato discriminatorio hacia las empresas que no cuentan con dichos beneficios.
“Por este motivo es que un régimen de incentivos es sólo justificable en la medida en que la sociedad en su conjunto obtenga un beneficio superior al costo en el que incurre y que dicho beneficio se materialice durante un largo período de tiempo”, sentencia González.
CAME comparte la necesidad de generar incentivos a la inversión productiva. "Somos los primeros defensores de la economía real que se contrapone a la especulativa y somos conscientes de que sin incentivos no hay inversión. Pero a propósito del retorno sobre esa inversión surgen preguntas: ¿cuántos puestos de trabajo generarán esas inversiones? ¿Cuántos proveedores locales se integrarán a este proceso? ¿Cuál será el saldo neto de divisas que se generará en nuestro país como consecuencia de este régimen? ¿Cuáles son las cláusulas que fomentan la participación de nuestras empresas en el proceso de inversión?"
“Incluso creemos que podrían mejorarse algunas partes del articulado sobre la base de normativas vigentes. Sólo como ejemplo citaremos la Resolución del 256/00 del Ministerio de Economía de la Nación que impulsa la inclusión del contenido nacional en estos proyectos de inversión”, resaltó Diab.
En definitiva, es perentorio atraer inversiones, es imperioso que nuestro sistema productivo ascienda a una escala superior y es necesario otorgar incentivos para motorizar esas inversiones. Pero al mismo tiempo es imprescindible integrar a este régimen a las pequeñas y medianas empresas, a la industria existente, a las economías regionales y a las locales. Es indispensable que se beneficie a la sociedad en su conjunto.
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