COVID-19: Chaco ratifica y adhiere a las medidas de restricción por aumento de contagios

Ante el exponencial incremento de casos de COVID-19 el Gobierno provincial ratifica y ahiere al Decreto Nacional 235/21, que establece restricciones y que  rige desde este viernes 9 hasta el 30 de abril.  

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En ese sentido el Ministerio de Seguridad y Justicia en coordinación con las fuerzas provinciales y nacionales fortalecerán los controles en los accesos limítrofes y en la zona fronteriza con Paraguay, disponiendo más agentes y dispositivos tecnológicos.

 

 

A través del Decreto 792/21 la provincia ratifica las medidas que ya se venían implementando en sintonía con las disposiciones nacionales, como la restricción de horarios de circulación y modalidades de funcionamiento de ciertas actividades, priorizando el mantenimiento de la presencialidad de las clases y la actividad económica; bloqueos focales donde se registren más de seis casos en un radio de 200 metros; monitoreo de aislamiento para las personas provenientes del exterior; solicitud de permisos de ingreso a la provincia a través de Tu Gobierno Digital; entre otras medidas específicas.

 

 

 

En todos los casos, se recuerda el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios: uso de barbijo o tapaboca, higienización permanente de manos y distanciamiento entre las personas. 

 

 

 

Reuniones y Eventos: No están permitidos eventos públicos y privados en espacios cerrados, bajo cualquier modalidad o motivo, con la excepción de reuniones familiares de grupos convivientes en domicilios particulares y eventos en espacios abiertos pero hasta 20 personas.

 

Disposición Especial: las empresas del Estado prestadoras de servicios públicos estarán facultadas a interrumpir el servicio en aquellos inmuebles en los que, además de incumplir con la restricción de eventos, se registren irregularidades o alteraciones en la declaración de categoría de usuario o en la potencia declarada. El Ministerio de Seguridad y Justicia será el organismo de contralor, que notificará a la empresa prestataria la infracción cometida, identificando el responsable y la ubicación del inmueble. La reconexión del servicio se hará efectiva una vez que se acrediten las sanciones o multas aplicadas.

 

Casinos, cines, centros comerciales: La actividad se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada.

 

Gastronomía, restaurantes, bares*: Se permitirá la permanencia de personas, en grupos reducidos con distanciamiento social, con limitación de capacidad, desde las 8 hasta las 00. 

 

Gimnasios, actividades físicas y deportivas: Se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada, y no está permitida la presencia de público.

 

Iglesias, cultos, celebraciones religiosas: Se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada y no podrán durar más de 2 horas.

 

Restricción de circulación: Se ratifica la restricción total de circulación de personas entre las 00 y las 6 de cada día, con excepción de aquellas personas que deban ejercer su trabajo, por tareas esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.

 

Permisos de ingreso y circulación: Se dispone la obligatoriedad del Permiso de Ingreso a la provincia, gestionado a través de Tu Gobierno Digital.

 

Transporte: Para el área metropolitana del Gran Resistencia la capacidad de ocupación habilitada será del 100% de pasajeros sentados en cada unidad, en el horario de de 5 a 00. No está permitido el traslado de pasajeros parados. Además se establece la obligatoriedad para las empresas del transporte público, de fortalecer las frecuencias del servicio en los horarios pico. 

                           

Turismo: No están permitidos los viajes o tours de egresados o contingentes que impliquen personas mayores de 60 años o integrantes de grupos de riesgo. El Gobierno no recomienda el traslado de personas desde y hacia otras jurisdicciones provinciales, sobre todo en aquellas en las que existan casos detectados de la variante del SARS-CoV-2.

 

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