Resistencia-Letrero-24-09-24-01

Impuesto de sellos: ATP anticipa de no cumplirse se intimará o multará

La Administración Tributaria Provincial recuerda que el pago del Impuesto de Sellos sobre la obligatoriedad del pago, conforme lo establece el artículo 150° del Código Tributario Provincial (Ley 83-F).

Actualidad- Chaco La Revista del ChacoLa Revista del Chaco
impuesto-automotor_1
Impuesto de sellos automotor Foto: AAERPA

La ATP precisa la obligatoriedad del cumplimiento del pago del impuesto de sellos en contratos o instrumentos,por los que se otorguen posesión o transferencia de dominio de automotores, es obligatorio, conforme lo establece el artículo 150º del Código Tributario Provincial (Ley 83-F).

 

En este sentido, los contribuyentes que deban registrar la inscripción o transferencia automotor deben cumplir con el pago del Impuesto de Sellos correspondiente.

Aquellos casos que ante el Registro Automotor se haya optado por no pagar el Impuesto de Sello, la ATP está facultada a intimar el cumplimiento del pago, a lo que se sumarán los recargos y multas correspondientes.

Además, los responsables de cada uno de los Registros Automotores (automóviles, motocicletas y/o maquinaria agrícola) deberán informar a la ATP todas aquellas operaciones sobre las cuales no se encuentra abonado el Impuesto de Sellos correspondientes.

En caso de persistir el incumplimiento, se procederá a ejecutar las deudas, agravando los costos para el contribuyente, dado que se sumarán honorarios profesionales y gastos judiciales.

Te puede interesar
Lo más visto
hombre-tiene-dolor-pecho_1

¿A qué se debe el dolor de pecho?

La Revista del Chaco
Cuidando la salud

El Día del Dolor de pecho es una iniciativa de la Sociedad de Cardiología de Córdoba que, desde el 2021, busca instaurar el primer miércoles de diciembre como la fecha para hablar sobre esta problemática de salud.