
Las sanciones alcanzan a quienes rellenen lagunas o hagan ocupaciones ilegales de líneas de ribera de los cursos de agua de la provincia del Chaco.
El Poder Legislativo del Chaco sanciona la ley que establece marco legal para otorgar beneficios sociales. La misma prohíbe a terceros intermediarios, sea en carácter de representantes de organizaciones sociales a participar del proceso de asignación de beneficios.
Actualidad- ChacoEste iniciativa persigue como objetivo que aquellas personas ajenas a las autoridades estatales, personas físicas o jurídicas de derecho público o privado no puedan participar de los procesos de selección y de otorgamiento de beneficios sociales.
La misma prohíbe a terceros intermediarios, sea en carácter de representantes de organizaciones sociales, personas físicas o jurídicas de derecho público o privado, ajenas a las autoridades estatales que corresponda, a participar de los procesos de selección y asignación de los beneficios.
La Sesión Ordinaria N° 11 del Poder Legislativo inicia encabezada por la diputada Carmen Delgado, en la oportunidad
se sanciona la Ley que establece un Marco Legal para la asignación de Beneficios Sociales otorgados por cualquier repartición del Sector Publico Provincial. La misma prohíbe a terceros intermediarios, sea en carácter de representantes de organizaciones sociales, personas físicas o jurídicas de derecho público o privado, ajenas a las autoridades estatales que corresponda, a participar de los procesos de selección y asignación de los beneficios.
La norma elimina, además de manera progresiva, los beneficios sociales existentes a la fecha que requieran de manera indispensable terceros intermediarios, de los procesos de selección, certificación y asignación de los beneficios sociales. Se excluye, en tanto, a los beneficios o ayudas sociales que, por sus características, sean colectivos y de difícil o imposible individualización de los beneficiarios, pero que son esenciales para el mantenimiento del andamiaje social, como lo son, entre otros, los comedores o merenderos escolares o comunitarios.
Por otra parte, se aprueba la creación del “Registro Público Especial de Comercializadores de Elementos y Materiales Usados”, entre los que se incluyen chacaritas y generadores de chatarra, fundiciones, desarmaderos, recicladores y transportistas entre otros. También prevé sanciones de multas, clausuras temporarias o definitivas.
La iniciativa es de autoría de los diputados Salom y Wannesson, con un agregado de los diputados Ocampo y Bergia; y surge teniendo en cuenta la situación que existe actualmente en cuanto al robo de cables, el desmantelamiento de medidores, el robo de placas de bronce en los cementerios, de porteros eléctricos en los edificios y otros elementos con el objeto de comercializar metales no ferrosos.
Seguidamente, se declara de utilidad pública e interés social y sujeto a expropiación inmuebles ocupados con asentamientos espontáneos, ubicados en Puerto Vilelas, con el objetivo de facilitar la adquisición de un terreno específico que será destinado a fines urbanísticos y de viviendas, asegurando así el acceso a una vivienda digna para familias de bajos recursos que residen en dicho barrio -conocido como “Ex-Plomo”- desde hace más de 20 años.
Finalmente, se sancionó también la norma impulsada por el diputado Juan Carlos Ayala, e instituye el día 7 de septiembre de cada año como el “Día del Productor de Arroz Chaqueño”, incorporando esta festividad en el calendario turístico provincial, para fomentar su desarrollo y promoción.
Las sanciones alcanzan a quienes rellenen lagunas o hagan ocupaciones ilegales de líneas de ribera de los cursos de agua de la provincia del Chaco.
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