---
canonical_url: "https://larevistadelchaco.com.ar/contenido/1369/covid-19-chaco-ratifica-y-adhiere-a-las-medidas-de-restriccion-por-aumento-de-co"
title: "COVID-19: Chaco ratifica y adhiere a las medidas de restricción por aumento de contagios"
article_type: "Article"
description: "Ante el exponencial incremento de casos de COVID-19 el Gobierno provincial ratifica y ahiere al Decreto Nacional 235/21, que establece restricciones y que  rige desde este viernes 9 hasta el 30 de abril."
main_image: "https://larevistadelchaco.com.ar/static/custom/imagen-default.jpg?t=2026-07-06+03%3A00%3A02.084810"
date_published: "2021-04-09T11:20:00-03:00"
date_modified: "2021-04-09T11:27:45-03:00"
tags:
  - "COVID-19"
  - "restricciones de circulación"
  - "SARS-CoV-2"
author_name: "La Revista del Chaco"
author_url: "https://larevistadelchaco.com.ar/usuario/2/la-revista-del-chaco"
category_name: "Actualidad"
category_url: "https://larevistadelchaco.com.ar/categoria/23/actualidad"
category_description: "informaciones de Chaco"
---

# COVID-19: Chaco ratifica y adhiere a las medidas de restricción por aumento de contagios

En ese sentido **el Ministerio de Seguridad y Justicia en coordinación con las fuerzas provinciales y nacionales fortalecerán los controles en los accesos limítrofes y en la zona fronteriza con Paraguay, disponiendo más agentes y dispositivos tecnológicos.**

A través del Decreto 792/21 la provincia ratifica las medidas que ya se venían implementando en sintonía con las disposiciones nacionales, como la restricción de horarios de circulación y modalidades de funcionamiento de ciertas actividades, priorizando el mantenimiento de la presencialidad de las clases y la actividad económica; bloqueos focales donde se registren más de seis casos en un radio de 200 metros; monitoreo de aislamiento para las personas provenientes del exterior; solicitud de permisos de ingreso a la provincia a través de Tu Gobierno Digital; entre otras medidas específicas.

En todos los casos, se recuerda el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios: uso de barbijo o tapaboca, higienización permanente de manos y distanciamiento entre las personas.

Reuniones y Eventos: No están permitidos eventos públicos y privados en espacios cerrados, bajo cualquier modalidad o motivo, con la excepción de reuniones familiares de grupos convivientes en domicilios particulares y eventos en espacios abiertos pero hasta 20 personas.

Disposición Especial: las empresas del Estado prestadoras de servicios públicos estarán facultadas a interrumpir el servicio en aquellos inmuebles en los que, además de incumplir con la restricción de eventos, se registren irregularidades o alteraciones en la declaración de categoría de usuario o en la potencia declarada. El Ministerio de Seguridad y Justicia será el organismo de contralor, que notificará a la empresa prestataria la infracción cometida, identificando el responsable y la ubicación del inmueble. La reconexión del servicio se hará efectiva una vez que se acrediten las sanciones o multas aplicadas.

Casinos, cines, centros comerciales: La actividad se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada.

Gastronomía, restaurantes, bares*: Se permitirá la permanencia de personas, en grupos reducidos con distanciamiento social, con limitación de capacidad, desde las 8 hasta las 00.

Gimnasios, actividades físicas y deportivas: Se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada, y no está permitida la presencia de público.

Iglesias, cultos, celebraciones religiosas: Se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada y no podrán durar más de 2 horas.

Restricción de circulación: Se ratifica la restricción total de circulación de personas entre las 00 y las 6 de cada día, con excepción de aquellas personas que deban ejercer su trabajo, por tareas esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.

Permisos de ingreso y circulación: Se dispone la obligatoriedad del Permiso de Ingreso a la provincia, gestionado a través de Tu Gobierno Digital.

Transporte: Para el área metropolitana del Gran Resistencia la capacidad de ocupación habilitada será del 100% de pasajeros sentados en cada unidad, en el horario de de 5 a 00. No está permitido el traslado de pasajeros parados. Además se establece la obligatoriedad para las empresas del transporte público, de fortalecer las frecuencias del servicio en los horarios pico.

Turismo: No están permitidos los viajes o tours de egresados o contingentes que impliquen personas mayores de 60 años o integrantes de grupos de riesgo. El Gobierno no recomienda el traslado de personas desde y hacia otras jurisdicciones provinciales, sobre todo en aquellas en las que existan casos detectados de la variante del **SARS-CoV-2**.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
